1 ABRIL 2023: EL TRABAJADOR NO TENDRÁ QUE ENTREGAR EL PARTE DE BAJA A SU EMPRESA
Desde el próximo 1 d abril los trabajadores no tendrán que entregar el parte de baja médica o incapacidad temporal en la empresa. Esta será tramitada y comunicada por medios telemáticos.
Desde el 1 de abril de 2023, el trabajador ya no tendrá que entregar el parte de baja médica o incapacidad temporal a su empresa, sino que las comunicaciones se harán por vía telemática entre las Administraciones y dicha empresa. Es la principal novedad del Real Decreto 1060/2022, de 27 de diciembre, y publicado en el BOE del 5 de enero (adjunto). Este RD modifica el 625/2014, de 18 de julio, por el que se regulan determinados aspectos de la gestión y control de los procesos por incapacidad temporal en los primeros 365 días de su duración.
Comentarios recientes