La Agencia Tributaria (Hacienda), ofrece la posibilidad de elegir 30 días durante los cuales no podrá depositar notificaciones en el buzón electrónico (Dirección Electrónica Habilitada) de su empresa.
Si transcurren diez días naturales desde que su empresa recibe una notificación electrónica de Hacienda y nadie accede a su buzón electrónico para abrirla, dicha notificación se entiende realizada. Por tanto, puede suceder que a lo largo de las vacaciones se reciba alguna notificación y se pasen los plazos para recurrir. Para realizar este trámite pinche en este enlace.
Es conveniente no demorarse en efectuar esta gestión. Sepa que los días de cortesía se deben solicitar con un mínimo de siete días de antelación al comienzo del período deseado.