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Información de naves y suelo en alquiler o venta / ASEGRA Polígono Industrial Granada

 A continuación detallamos las naves y suelo disponibles:

Si necesitas vender o alquilar tu nave, la Asociación de Empresarios de ASEGRA te ayuda.

¿EN QUÉ CONSISTE?

Servicio de mediación entre el propietario de una nave situada en ASEGRA y el arrendatario, a fin de intentar arrendar la nave de aquél.

¿CÓMO SE SOLICITA?

El propietario de la nave sita en el Polígono de ASEGRA, sea o no asociado, se pondrá en contacto con la ASOCIACIÓN en horario de trabajo de 10:00 a 14:00 horas bien por teléfono 958 088 038 o por mail asegra@asegra.es indicando su intención de encargar a la Asociación la mediación para el arrendamiento de su nave. Para ello rellenará la “Hoja de Encargo de Arrendamiento” y ficha descriptiva de la nave, según lo recogido en el punto 7 de la Junta Directiva celebrada el 16 de mayo de 2012, acta 315.

CONDICIONES DE LA MEDIACIÓN

Una vez firmada la hoja de encargo y ficha descriptiva de la nave, el propietario podrá entregar o no una llave a la Asociación de acceso a la nave para que la enseñe a posibles arrendatarios. Además la Asociación publicará en su web www.asegra.es la ficha de la nave disponible para arrendar.

Los interesados en arrendar la nave se pondrán en contacto con el personal de la Asociación por teléfono 958 088 038 en horario de trabajo de 10:00 a 14:00 horas o por mail asegra@asegra.es:

a) Si la Asociación no dispone de la llave: Informará al interesado de las condiciones del arrendamiento, según ficha rellena por arrendatario, y pasará los datos de contacto al propietario y arrendatario para que se citen. En caso de llegar a un acuerdo el propietario avisará a la Asociación para que esta liquide los honorarios pertinentes.

b) Si la Asociación dispone de la llave: Concertará cita con el interesado y enseñará la nave, explicándole a este las condiciones del arrendamiento, según ficha rellena por el arrendatario. Si el interesado está conforme con las condiciones lo pondrá en contacto con el propietario para que formalicen contrato y una vez formalizado la Asociación liquidará los honorarios previstos con el propietario.

Si el interesado no está conforme con las condiciones lo pondrá en conocimiento del propietario, para que quede constancia de la persona interesada y del trabajo realizado.

En ambos casos, si la mediación de la Asociación es satisfactoria y a elección del propietario se pone a disposición de este nuestro asesor jurídico para la redacción del contrato y asesoramiento, siendo los gastos generados por este concepto por cuenta del propietario.

Si la mediación de la Asociación entre propietario y arrendatario concluye con la firma de contrato entre ambos, aquella liquidará al propietario los siguientes honorarios:

a) Si el propietario es asociado: 30% de un mes de renta.

b) Si el propietario en No asociado: 70% de un mes de renta.

Estos honorarios se incrementarán con el IVA e impuestos procedentes en la correspondiente factura.

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