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Nuevas medidas para aumentar la movilidad en las fechas de Navidad

Le informo que todavía no se ha publicado el BOJA con las órdenes y normas que desarrollen las medidas anunciadas ayer por noche por el Presidente de la Junta de Andalucía y que afectan a nuestras empresas y negocios. Ante esta situación de incertidumbre y sabiendo que a las 00:00 horas del 12 de diciembre entran en vigor las medidas anunciadas, le indico las publicaciones oficiales a este respecto que sólo se harán efectivas a través de las normas jurídicas que se aprueben en las próximas horas, de las cuales les mantendremos informados. Web Oficial de la Junta de Andalucía: Nuevas medidas para aumentar la movilidad en las fechas de Navidad. Se prevén dos fases y medidas específicas para fechas especiales:

FASE 1 del 12 al 17 de diciembre:

  • Se permite la movilidad en entre municipios de la misma provincia.
  • Comercio: abierto hasta las 21:00 horas.
  • Hostelería: abierta hasta las 18:00 horas.
  • Toque de queda: desde las 22:00 a las 7:00 horas.
  • Reuniones: 6 personas máximo.

FASE 2 del 18 de diciembre a 10 de enero:

  • Se permite la movilidad entre las provincias andaluzas.
  • Comercio: horario habitual.
  • Hostelería: abierta hasta 18:00 y de 20:00 a 22:30 horas.
  • Toque de queda: desde las 23:00 a las 6:00 horas.
  • Reuniones: 6 personas máximo.

FECHAS ESPECIALES del 23 de diciembre al 6 de enero:

  • Se permite la entrada y salida de Andalucía visitar a familiares. El término «allegado» ha sido descartado por considerarse ambiguo y «dificultar el control por parte de quienes tienen que hacer cumplir estas normas».
  • Reuniones: el 24, 25, 31 de diciembre y 1 de enero de 2021 se pueden reunir un máximo de 10 personas en el domicilio familiar.
  • Toque de queda: en Nochebuena y Nochevieja será desde las 1:30 a 6:00 horas.

Estación de Esquí de Sierra Nevada: Abrirá el 18 de diciembre con el aforo, horarios y protocolos establecidos.

RESIDENCIAS DE MAYORES: entre el 22 de diciembre y el 7 de enero los mayores podrán salir a un único domicilio familiar si el centro acredita que durante los últimos 14 días la persona no ha presentado síntomas y con un test negativo en las 72 horas previas a la salida o un test serológico positivo, es decir, que esté inmunizado.

La duración de la estancia en el domicilio familiar deberá ser superior a los cinco días y estar en vigilancia activa de síntomas en todo momento. Para regresar al centro, deberá tener un test negativo con un máximo de 48 horas de antelación.

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Antonio J. Espigares Cuesta

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