RECOGIDA DE RESIDUOS: NOVEDADES

RECOGIDA DE RESIDUOS: NOVEDADES

La Mancomunidad de Municipios Juncaril-ASEGRA está adaptando su “Ordenanza de Recogida de Residuos” a la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular.

El pasado 16 de febrero, la Asociación de Empresarios tuvo acceso a este primer borrador de la Mancomunidad que afecta a todas nuestras empresas. Presentando nuestra Asociación, el 7 de marzo, en interés de todas las empresas de nuestro polígono de ASEGRA, escrito de alegaciones/opiniones a este respecto elaborado por un abogado especialista en esta materia y contratado para tal fin por esta Asociación. Por este motivo, el pasado viernes 22 de marzo, tuvimos una reunión informativa en la sede de la Mancomunidad Juncaril-ASEGRA donde se nos informó del procedimiento que se está desarrollando para la recogida de residuos puerta a puerta y de forma separada.

En esta primera fase de captación de datos e información, su empresa, en los próximos días, recibirá la visita de personal de la empresa EMAR1 (Estudios Medio Ambientales Residuos y Reciclaje) para que le facilite datos relativos a:

  • Cantidad y tipo de residuos que genera su empresa.
  • Espacio que tiene disponible, en caso de que lo haya, para contenedores de recogida selectiva.

Una vez EMAR haya recopilado toda información de las empresas ubicadas en ASEGRA y Juncaril se avanzará con las siguientes fases:

  • Diseño de contenerización y estudio económico.
  • Aprobación de ordenanza fiscal y reguladora del servicio (régimen sancionador).
  • Entrega de contenedores y calendario de recogidas.
  • Puesta en marcha del servicio
  • Seguimiento del servicio.

Con el fin de hacer un estudio económico paralelo, lo más preciso posible, por parte de la Asociación de Empresarios de ASEGRA le agradeceríamos que nos proporcione la misma información que a EMAR, para ello puede llamarnos/WhatsApp al 697171932 o mandarnos un mail a asegra@asegra.es.

1: Empresa designada por la Mancomunidad Juncaril-ASEGRA para realizar este trabajo.

SUBIDA DEL SALARIO MÍNIMO INTERPROFESIONAL 2024

REAL DECRETO 145/2024, DE 6 DE FEBRERO, POR EL QUE SE FIJA EL
SALARIO MÍNIMO INTERPROFESIONAL PARA 2024

  • El SMI sube de los 1.080€ actuales a 1.134€ al mes, en 14 pagas. Esto es,15.876€ al año. O, lo que es lo mismo, una subida del 5%.
  • También ascienden, en el mismo porcentaje, los salarios mínimos por día, el de jornada y el mínimo por hora de las empleadas del hogar.
    • Las personas trabajadoras eventuales, así como las temporer@s cuyos servicios a una misma empresa no excedan de 120 días percibirán, el SMI que marca el art. 1 + la parte proporcional de la retribución de los domingos y festivos + las dos gratificaciones extraordinarias, sin que la cuantía del salario profesional pueda resultar inferior a 53,71€ por jornada legal en la actividad.
    • Las personas trabajadoras del servicio del hogar familiar y las/os empleadas/os de hogar que trabajen por horas, en régimen externo, tomarán como refernecia el salario mínimo fijado para las personas trabajadoras eventuales y temporeras que incluye todos los conceptos retributivos, el salario mínimo de dichas/os empleadas/os de hogar será de 8,87€/hora efectivamente trabajada.
  • La subida afecta a todas aquellas personas que no alcancen estos mínimos pero no a las normas o convenios que usen el SMI como referencia para sus cálculos y que cobren sueldos superiores en total sumando otras variables. Esto es: quienes no lleguen a esos 15.876€ en cómputo anual notarán el aumento, pero el resto no.
  • Tampoco se tendrá en cuenta en los contratos y pactos privados no laborales en los que se use este indicador como referencia, siempre que la retribución total anual supere el SMI en 14 pagas.
  • Se excluye de su aplicación a las normas autonómica y locales vigentes que usen este referente para calcular la cuantía de determinadas prestaciones o para acceder a determinadas ayudas, beneficios o servicios públicos.
  • Las normas estatales sí estarán afectadas, se usará el nuevo SMI, para calcular los umbrales de acceso a los servicios o ayudas que otorgue el Estado.
  • La norma se aplicará de forma retroactiva desde el 1 de enero.

 

Fuente CGE (Confederación Granadina de Empresarios)

SUBIDA DEL IBI EN 2024

SUBIDA DEL IBI EN 2024

El pasado 13 de diciembre nos reunimos con D. Luis Miguel Ortega Ceballos, Concejal de Economía y Hacienda del Ayuntamiento de Peligros, con motivo de la publicación de ayer en el Boletín Oficial de la Provincia de Granada de la subida del IBI (Impuesto de Bienes Inmuebles).

Según la publicación el tipo de gravamen para el año 2024 es el siguiente:

Tipo gravamen 2023 Tipo gravamen 2024 Subida 2024
Bienes de Naturaleza Urbana 0,6230% 0,6939% 11,38%

 

Además en ASEGRA se aplica otro tipo de gravamen diferenciado del 1,03% a algunos bienes de uso industrial. Según la modificación publicada del artículo 9.1.2 este tipo de gravamen se incrementa al 1,10% pero sólo al 10% de los bienes inmuebles de uso industrial cuyo valor catastral supere los 218.000€. Según nos ha explicado D. Luis Miguel  Ortega, se pasa por este concepto del medio centenar de recibos a una veintena en 2024, por lo que algunas empresas de ASEGRA se verán beneficiadas por esta modificación.

Tipo gravamen 2023 Tipo gravamen 2024: sólo al 10% de bines de uso industrial con valor catastral superior a 218.000€ Subida 2024
Uso Industrial 1,03% 1,10% 6,8%

 

En este enlace se puede descargar el BOP de Granada con estas modificaciones.

 

Dcha: D. Luis Miguel Ortega Centro: D. Antonio J. Espigares (ASEGRA) Izda: D. Alejandro Corpas (Juncaril)

CONVENIO DE COLABORACIÓN CON SEGUMÁS GESTIÓN

CONVENIO DE COLABORACIÓN CON SEGUMÁS GESTIÓN

La Asociación de Empresarios de ASEGRA ha firmado un convenio de colaboración con SEGUMÁS GESTIÓN S.L. Empresa dedicada a la Prevención de Riesgos Laborales, dado que no hay una empresa en nuestro polígono que oferte estos servicios.

Si su empresa está interesada en solicitar presupuesto o información al respecto se puede poner en contacto con Lidia González García en el 659452571.

Izda. D. Isidro Moleón Paiz (Presidente de ASEGRA) Dcha. Dña. Carmen Carbonero Masegosa (Gerente SEGUMAS GESTIÓN)

SUBIDA DEL SMI PARA EL 2023

Ya es oficial tras publicarse en el BOE (Boletín Oficial del Estado) del 15/2/2023, la subida del 8% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) para fijarlo en 1.080€/mes en 14 pagas. Con esta subida el SMI se ha incrementado un 47% en los últimos 5 años.

La subida del SMI tendrá carácter retroactivo desde 1 de enero de 2023.

Esta subida afecta principalmente a los trabajadores que no están bajo el paraguas del convenio colectivo. Los cuales recibirán la cuantía correspondiente al pasado mes de enero en su nómina de febrero.

Aquí pude descargarse el  Real Decreto 99/2023, de 14 de febrero, por el que se fija el salario mínimo interprofesional para 2023.

Subida del Salario Mínimo Interprofesional (Incremento en porcentaje entre 2016 y 2023)

AÑO SMI (€) INCREMENTO (%)
2016 655,20€ 1%
2017 707,7€ 8%
2018 735,9€ 4%
2019 900€ 22,3%
2020 950€ 5,6%
2021 965€ 1,6%
2022 1.000€ 3,6%
2023 1.080€ 8%

Fuente Ministerio de Trabajo y Economía Social

1 ABRIL 2023: EL TRABAJADOR NO TENDRÁ QUE ENTREGAR EL PARTE DE BAJA A SU EMPRESA

1 ABRIL 2023: EL TRABAJADOR NO TENDRÁ QUE ENTREGAR EL PARTE DE BAJA A SU EMPRESA

Desde el próximo 1 d abril los trabajadores no tendrán que entregar el parte de baja médica o incapacidad temporal en la empresa. Esta será tramitada y comunicada por medios telemáticos.

Desde el 1 de abril de 2023, el trabajador ya no tendrá que entregar el parte de baja médica o incapacidad temporal a su empresa, sino que las comunicaciones se harán por vía telemática entre las Administraciones y dicha empresa. Es la principal novedad del Real Decreto 1060/2022, de 27 de diciembre, y publicado en el BOE del 5 de enero (adjunto). Este RD modifica el 625/2014, de 18 de julio, por el que se regulan determinados aspectos de la gestión y control de los procesos por incapacidad temporal en los primeros 365 días de su duración.

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